SECRETARÍA GENERAL
RES. SECR. GRAL. Nº 023/2013
243863 Fecha: 14 de marzo de 2013
VISTO: la información solicitada a través del sitio
por el Sr. Emilio Canestrini con fecha 14 de
febrero de 2013, planteando que desea completar la
respuesta que le fuera formulada con respecto al punto 2 de
su anterior solicitud, con relación a: por qué existe tanta
diferencia entre el precio de exportación de la gasolina y
el de venta local; según dice el triple.
CONSIDERANDO: I) que la Comisión Permanente creada por
Res. (D) N° 726/8/2009, ha consultado a la Unidad Negocios
Energéticos (Gerencia Comercio Exterior), la que entiende
que la consulta ya ha sido respondida, por lo que
corresponde
poner
en
conocimiento
del
solicitante
el
presente informe.
ATENTO: A las atribuciones delegadas por Res. (D) N°
726/8/2009 y a lo dispuesto por la Ley N° 18.381, la
Secretaría General
R E S U E L V E
1º) Tomar conocimiento de la información solicitada a
por
el
Sr.
Emilio
Canestrini con fecha 14 de febrero de 2013, planteando que
desea completar la respuesta que le fuera formulada con
respecto al punto 2 de su anterior solicitud, con relación
a: por qué existe tanta diferencia entre el precio de
exportación de la gasolina y el de venta local; según dice
el triple.
2º)
Encomendar
que
a
través
del
Área
Servicios
Compartidos Servicios Jurídicos Contratos Escribanía, se
haga entrega del informe de la Comisión Permanente CP Nº
06/2013, así como de la presente resolución.
3º) Efectúese repartido a conocimiento de los señores
Directores.
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4º) Cumplido, siga al Soporte Administrativo Gerencial
a sus efectos.
Firmantes: TATO CORBO MIGUEL ANGEL
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