Eleonora Navatta hizo esta solicitud de acceso a la información a Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas
La solicitud fue rechazada por Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas.
Estimado Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones
Eléctricas ,
De mi mayor consideración:
Me dirijo a esta Oficina a los efectos de realizar un pedido de
acceso a la información pública, conforme a la ley 18381. Solicito
me entregue
Nómina de Sociedades anónimas en las que UTE tiene participación
accionaria ya sea mayoritaria o no y el porcentaje de dicha
paricipación.
Nómina de Gerentes y composición de los directorios dichas
sociedades anónimas.
Remuneraciones de gerentes y directores de las mismas.
A estos efectos, solicito que se comunique conmigo mediante la
dirección de correo establecida en este pedido, fijando mi
domicilio en San José 1330 piso 1 Montevideo. A su vez solicito que
la entrega de la información sea preferentemente en formato
electrónico.
Un saludo,
Eleonora Navatta
Estimada Eleonora:
Le pasamos el link de nuestro sitio web donde encontrará el formulario
para imprimir y presentar en los lugares indicados en el mismo, a efectos
de solicitar información amparada en la ley que nos menciona:
[1]http://www.ute.com.uy/pags/Ley18381.HTML.-
Saluda atentamente,
ADMINISTRACIÓN CASILLA SITIO WEB
U. T. E.
-----Mensaje original-----
De: Eleonora Navatta [mailto:[correo electrónico]]
Enviado el: domingo, 15 de diciembre de 2013 09:26
Para: UTE
Asunto: solicitud Acceso a la Información - Sociedades anónimas con
participación de capital de UTE
Estimado Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones
Eléctricas ,
De mi mayor consideración:
Me dirijo a esta Oficina a los efectos de realizar un pedido de
acceso a la información pública, conforme a la ley 18381. Solicito
me entregue
Nómina de Sociedades anónimas en las que UTE tiene participación
accionaria ya sea mayoritaria o no y el porcentaje de dicha
paricipación.
Nómina de Gerentes y composición de los directorios dichas
sociedades anónimas.
Remuneraciones de gerentes y directores de las mismas.
A estos efectos, solicito que se comunique conmigo mediante la
dirección de correo establecida en este pedido, fijando mi
domicilio en San José 1330 piso 1 Montevideo. A su vez solicito que
la entrega de la información sea preferentemente en formato
electrónico.
Un saludo,
Eleonora Navatta
-------------------------------------------------------------------
Por favor use la siguiente dirección de correo para todas las
respuestas a esta solicitud:
[2][correo electrónico]
¿Es [3][Dirección de correo del organismo UTE] la dirección incorrecta para peticiones Acceso
a
la Información a Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones
Eléctricas ? Si es así, por favor contáctenos usando el siguiente
formulario:
[4]http://www.quesabes.org/help/contact
Atención: Este mensaje y cualquier respuesta que usted haga serán
publicadas en Internet. Nuestras políticas de privacidad y
copyright:
[5]http://www.quesabes.org/help/officers
Si encuentra este servicio útil como responsable de Acceso a la
Información, pida al responsable de su web que añada un enlace a
nuestra web.
-------------------------------------------------------------------
References
Visible links
1. http://www.ute.com.uy/pags/Ley18381.HTML.-
2. mailto:[correo electrónico]
3. mailto:[Dirección de correo del organismo UTE]
4. http://www.quesabes.org/help/contact
5. http://www.quesabes.org/help/officers
Estimado UTE,
De mi mayor consideración:
En su respuesta sobre mi pedido de acceso a la información amparado
en la ley 18.381, me pide que imprima en su web determinados
formularios y los presente personalmente en determinada dirección.
Sin embargo la UAIP en su dictamen No 6/012 habilita expresamente a
que los pedidos de acceso y las respuestas a ellos se puedan hacer
vía electrónica, confirmándolo nuevamente en el dictamen No 01/013.
De acuerdo a estos dictámenes solicito seguir el trámite de este
pedido de acceso por esta vía.
Adjunto los links de los dictámenes mencionados anteriormente
http://www.uaip.gub.uy/wps/wcm/connect/c...
http://www.uaip.gub.uy/wps/wcm/connect/1...
Un saludo,
Eleonora Navatta
Estimada Eleonora:
Hechas las consultas del caso, se nos informa que entre AGESIC y UTE se
acordó que todas las solicitudes de Información a este Organismo al amparo
de la Ley 18381, solo se recibirían en papel impreso (formulario publicado
en nuestro sitio web) y en los 5 puntos de recepción (1 en Montevideo y 4
en el Interior) que se indican en dicho sitio.-
Sin otro particular le saluda atentamente,
ADMINISTRACIÓN CASILLA SITIO WEB
U. T. E.
-----Mensaje original-----
De: Eleonora Navatta [mailto:[correo electrónico]]
Enviado el: martes, 17 de diciembre de 2013 16:44
Para: UTE
Asunto: RE: solicitud Acceso a la Información - Sociedades anónimas con
participación de capital de UTE
Estimado UTE,
De mi mayor consideración:
En su respuesta sobre mi pedido de acceso a la información amparado
en la ley 18.381, me pide que imprima en su web determinados
formularios y los presente personalmente en determinada dirección.
Sin embargo la UAIP en su dictamen No 6/012 habilita expresamente a
que los pedidos de acceso y las respuestas a ellos se puedan hacer
vía electrónica, confirmándolo nuevamente en el dictamen No 01/013.
De acuerdo a estos dictámenes solicito seguir el trámite de este
pedido de acceso por esta vía.
Adjunto los links de los dictámenes mencionados anteriormente
[1]http://www.uaip.gub.uy/wps/wcm/connect/c...
[2]http://www.uaip.gub.uy/wps/wcm/connect/1...
Un saludo,
Eleonora Navatta
mostrar partes citadas
Estimado UTE,
De mi mayor consideración:
He consultado a Agesic sobre el acuerdo que usteds mencionan y la
respuesta de ellos ha sido que si bien el sistema que usan está
positivamente evaluado también debarán atenderse las consultas vía
electrónica.
La carta fechada el 16 de julio de 2013, firmada por el Dr. Gabriel
Delpiazzo, director de la UAIP. Tanscribo el segundo párrafo donde
queda claro este concepto.
"Se considera que el sistema presentado es una muy buena
herramienta de gestión de las solicitudes de acceso a la
información pública. Sin perjuicio de ello, debemos precisar que
esta Unidad se ha pronunciado a favor de la validez y admisibilidad
de las solicitudes presentadas a través de correo electrónico,
extremo no contemplado por el sistema (así: Dictámenes N° 6/12 de
26 de julio de 2012, N° 1/13 de 2 de enero de 2013 y N° 5/13 de 3
de mayo de 2013"
Un saludo,
Eleonora Navatta
Estimada Eleonora:
Le comunicamos que con fecha 29/11/2011, UTE solicitó información al
Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública, sobre
la validez de recibir solicitudes de acceso a la información pública por
correo electrónico.
Por Dictamen N°006 del 26/07/12 del expediente 2011-2-10-0001004, la UAIP
consideró entre otros que:
- Por la ley N° 18.381, artículo 13 las solicitudes deberá ser
formulada por escrito ante el titular del organismo.
- Por el Decreto 500/991 artículo 19 que toda petición o exposición
que se formule ante cualquier órgano administrativo, se efectuará por
escrito.
- La dificultad de utilizar medios electrónicos, radica en la
constatación cierta de la fecha recepción a efectos del cómputo del plazo
establecido por la ley.
Como conclusión la UAIP, a través de su Presidenta, Dra. María del Carmen
Ongay, aconseja que la presentación de solicitudes se realice por escrito.
Se adjunta el mencionado Dictamen N°006 del 26/07/12 del expediente
2011-2-10-0001004.
Cabe destacar que en base a lo expuesto anteriormente, se instrumentó el
procedimiento en UTE que fuera aprobado por Resolución 10.-519 y R
11.-1223.
Saluda atentamente,
Administración del Sistema de Gestión Documental Corporativo de UTE
-----Mensaje original-----
De: Eleonora Navatta [mailto:[correo electrónico]]
Enviado el: viernes, 20 de diciembre de 2013 10:03
Para: UTE
Asunto: RE: solicitud Acceso a la Información - Sociedades anónimas con
participación de capital de UTE
Estimado UTE,
De mi mayor consideración:
He consultado a Agesic sobre el acuerdo que usteds mencionan y la
respuesta de ellos ha sido que si bien el sistema que usan está
positivamente evaluado también debarán atenderse las consultas vía
electrónica.
La carta fechada el 16 de julio de 2013, firmada por el Dr. Gabriel
Delpiazzo, director de la UAIP. Tanscribo el segundo párrafo donde
queda claro este concepto.
"Se considera que el sistema presentado es una muy buena
herramienta de gestión de las solicitudes de acceso a la
información pública. Sin perjuicio de ello, debemos precisar que
esta Unidad se ha pronunciado a favor de la validez y admisibilidad
de las solicitudes presentadas a través de correo electrónico,
extremo no contemplado por el sistema (así: Dictámenes N° 6/12 de
26 de julio de 2012, N° 1/13 de 2 de enero de 2013 y N° 5/13 de 3
de mayo de 2013"
Un saludo,
Eleonora Navatta
mostrar partes citadas
Bentham dejó un comentario ()
Hay basicamente dos problemas con esta respuesta: la primera tiene que ver con la nueva regulación que la UAIP ha emitido sobre el tema, y que claramente contradice a esta opinión consultiva. Todo esto sin mencionar, que el correo electrónico, es un medio escrito, por lo cuál opinión anterior parece tener un fundamento bastante débil.
El segundo problema, trasciende la legalidad.Existen en este portal ejemplos de ANCAP y OSE que han respondido a personas con diversas preguntas sin demasiados problemas, porque han elegido no poner trabas a los usuarios y responder directamente las consultas.Seria bueno, UTE siguiera ese ejemplo.
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